jueves, 9 de junio de 2016

Principales conceptos.Criminologia.








CRIMINOLOGÍA


La palabra Criminología se utiliza en 1879 por el antropólogo francés Pablo Toppinard. A partir de 1885, hay otros vocablos: en 1792 se habla de psicología criminal, en 1882 se habló de sociología criminal y en 1883 de biología criminal.

La palabra Criminología deriva del latín criminis y del griego logos, que significa el tratado o estudio del crimen y el delito-delincuente.




Rafael Garófalo a fines de 1885 menciona que la Criminología es la ciencia del delito y edita un primer libro llamado precisamenteCriminología. La definió como la ciencia general de la criminalidad y de las penas.


Vont Lizt y Mezger la definen como la ciencia que tiene por objeto de indagación la etiología criminal.

Quintanilla Saldaña en el año 1929 la define como la ciencia del crimen o estudio científico de la criminalidad, sus causas y medios para combatirla


CRIMEN

Es la acción que agrede a un individuo o a la sociedad en sus bienes, afecta la integridad mental, física y material de las personas”. Desde la perspectiva de un positivista, ENRICO FERRI crimen es un acto que implica motivos individuales y antisociales que afectan la integridad social. Jurídicamente, delito es la acción u omisión tipificada, antijurídica y culpable, a la que la ley penal imputa consecuencias jurídicas. El delito debe estar previamente elaborado, definido y sancionado por una ley penal, y no está permitido 
que se inventen delitos por relación o parecido con otros (analogía), pues así lo establece la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


CRIMINAL

Criminal “es el sujeto que comete un crimen o un quebrantamiento a las reglas sociales”. El delincuente “es el sujeto activo de la infracción penal”. El Derecho Penal aplica la eliminación del delincuente de la sociedad. La Criminología estudia la personalidad criminal o antisocial, para conocer las causas, darle un tratamiento y eliminarlas. La personalidad del criminal siempre ha sido objeto de investigación, son los factores de la personalidad que hacen que la Criminología por medio de la Psicología tenga una función importante, aunque para el Derecho Penal esto se le escape.


CRIMINALIDAD 
Criminalidad “es el conjunto de hechos antisociales cometidos contra la colectividad”. Jurídicamente “es el conjunto de infracciones de fuerte incidencia social cometidas contra el orden público y tipificadas en una ley penal”. El estudio de todo este conjunto de conductas antisociales corresponde a la Sociología Criminal, aunque a consideración personal el término debería ser: Criminología Social.

Antonio García-Pablos de Molina.
"Ciencia empírica e interdisciplinaria que se ocupa del crimen, del delincuente, de la víctima y del control social del comportamiento desviado."

 López Rey.
"La Criminología ha de entenderse como la disciplina sociopolítica cuya finalidad esencial es la formulación de una política criminal que permita lo más efectivamente posible la prevención y control de la criminalidad conforme a las exigencias de libertad, dignidad, igualdad, seguridad individual y colectiva, entendida como esenciales del desarrollo 
nacional e internacional." 


 E. Seeling.
 "La Criminología es la ciencia que estudia los "elementos reales del delito". Entiende por elementos reales el comportamiento psicofísico de un hombre y sus efectos en el mundo exterior.



G.Stefani y G. Levasseur.
  "La Criminología es la ciencia que estudia la delincuencia, para investigar sus causas, su génesis, su proceso y sus consecuencias." 


G. Kaiser.
"La Criminología es el conjunto ordenado de la ciencia experimental acerca del crimen, del

 infractor de las normas jurídicas, del comportamiento socialmente negativo y del control de dicho comportamiento.




DIFERIENCIA ENTRE DELITO Y CRIMEN.

DELITO: conducta descrita en el código penal la cual cumple con los elementos para que se le persiga y la cual tiene una sanción.

CRIMEN: conducta que va en contra del bien común un la y que no necesariamente es un delito.

CRIMINALISTICA


Ciencia auxiliar del Derecho Penal cuya actividad principal se centra en descubrir, explicar y probar los delitos que se encuentran bajo investigacion. El proceso criminalístico, para ser 
efectivo, implicará sí o sí la observación de estos principios: preservación del lugar del hecho, observación minuciosa del mencionado lugar, fijación del mismo, recuperación de indicios y envío de estos al laboratorio para su análisis.



FUNCIONES QUE DESEMPEÑA EL CRIMINÓLOGO

La criminología al ser una ciencia social, y con su fin último que es reconstruir de forma progresiva la estructura social y comenzar a disminuir las tendencias destructivas de la sociedad del siglo XXI. Realiza su función prioritaria como ciencia interdisciplinaria que es “aportar un núcleo de conocimientos más seguros y contrastados sobre el crimen, la persona delincuente, la víctima y el control social” (G.Molina Pablo,2003,230pp). Sin embargo el quehacer criminológico no se simplifica a enmarcarlo en una sola función o rol especifico, ni limitarlo a un estadio formado por paradigmas institucionales en donde el criminólogo se concrete en una sola línea laboral como lo es la administración de justica por citar un ejemplo, pues su campo es lo suficientemente amplio para poder abarcar aspectos funcionales más allá de éste, con esto no se quiere decir que no tenga sus limitantes, pues así lo menciona Francisco Salvador Scimé “ Como toda disciplina conectada con el hacer humano, la Criminología tiene su campo de acción, de investigación y de comprensión, por cierto no ilimitado y menos indefinido.” (Salvador, 1999).

La criminalidad como fenómeno de la vida cotidiana.Sociología.




La criminalidad no sólo es objeto del Derecho penal, sino también una parte de nuestra vida cotidiana. Nos relacionamos con ella a veces como afectados directamente y, sobre todo, como observadores interesados.
Para simplificar el complejo fenómeno de la "criminalidad" se acostumbra a exponerlo en una estructura dualista: como una relación entre delincuente y víctima. Tanto en los medios del delito y la criminalidad se resuelven en un conflicto entre dos personas o roles, en el que alguien lesiona los intereses protegidos penalmente de un tercero.
La misión de la Administración de Justicia penal se reduce, pues, a la solución de este conflicto intrapersonal persiguiendo, investigando y castigando la correspondiente infracción jurídica.

Importancia del conocimiento de la criminalidad.

Para un Derecho penal orientado a las consecuencias tanto en la teoría como en la praxis, el conocimiento de la criminalidad y del delito es obviamente muy importante. Actualmente no se puede negar que el Derecho penal está orientado a las consecuencias . Tampoco se puede desconocer que en los dos últimos decenios ha crecido enormemente la extensión e intensidad de las investigaciones empíricas sobre el Derecho penal. Así, por ej., se ha avanzado notablemente en el ámbito de las condiciones criminógenas individuales, familiares,profesionales o urbanísticas  y también en la forma en que se producen las decisiones legislativas y judiciales e igualmente se conocen más datos sobre concretos delitos sobre delincuentes , sobre las consecuencias  de algunas reformas del Código penal en la praxis judicial o sobre gran número de detalles de la persecución penal y la ejecución penitenciaria.Esto ha sido particularmente evidente en la Criminología de los últimos años, sobre todo en la República Federal Alemana, gracias a la creación de un centro de investigación criminológica adscrito a la Dirección General de Policía (BKA).




Neutralización de la víctima.

El actual Derecho penal, es decir, el Derecho penal del Estado, no es ya, a diferencia del Derecho penal primitivo, una relación entre delincuente y víctima. Actualmente la víctima está "neutralizada" y en lugar de la compensación y el acuerdo entre lesionador y lesionado aparece la acción penal pública. Las posibilidades de la víctima de intervenir en el proceso penal son muy reducidas, a pesar de que existen instituciones como la querella, la denuncia, la acusación particular, ofrecimiento de acciones, etc., que directa o indirectamente permiten esa intervención.
El contraste entre delincuente y víctima está, por último, claramente atenuado en la moderna legislación penal sobre, por ej., el tráfico de drogas, el Derecho penal económico o la protección penal del medio ambiente. En esta nueva legislación se incrimina cada vez con mayor frecuencia delitos "sin víctimas" o con "víctimas difusas"  Precisamente, es característico del Derecho penal "moderno" alejar a la víctima del Derecho penal material e ir sustituyendo la causación del daño por su puesta en peligro, los delitos de resultado por los delitos de peligro abstracto, los bienes jurídicos individuales por bienes jurídicos universales.


Importancia de la criminalidad para el individuo y la sociedad.

Aunque no se siga la orientación a las consecuencias que hemos expuesto, cualquier idea que se tenga del Derecho penal está siempre relacionada con la significación y las consecuencias de la criminalidad. El Derecho penal se concibe como "respuesta" a la criminalidad y al delito y precisamente por esto se justifican las limitaciones jurídicas que su empleo conlleva, ya que la criminalidad y el delito producen graves consecuencias para el individuo y la sociedad. Pero la criminalidad no es sólo, como decíamos al principio, objeto del Derecho penal, sino también el fundamento mismo de su justificación.

El delito se concibe como un "mal", la criminalidad como una "enfermedad infecciosa" y el delincuente como un ser "dañino". La opinión pública, tal como se trasluce sobre todo en las "encuestas" periodísticas, muestra una actitud "belicosa"  y en base a este sentimiento se elabora la política. Cuanto más amenazantes son o se consideran determinados delitos, tanto más materialistas son las exigencias que se imponen en su tratamiento. Esta tendencia hacia una lucha sin cuartel parece casi general en ámbitos como los del terrorismo y el tráfico de drogas, constituyendo un "Derecho penal para enemigos", es decir, para determinadas formas de criminalidad o determinados tipos de delincuentes, a los que se priva inclurrso de las tradicionales garantías  del Derecho penal material y del Derecho procesal penal.

La lucha contra el delito es la meta más urgente para un Derecho penal entendido preventivamente,es decir, "moderno"  como instrumento social funcional para la solución del problema.


¿La criminalidad es normal?

Y si el delito está tan íntimamente vinculado con el proceso de socialización de los individuos, difícilmente puede ser la "lucha" el remedio correcto, pues más bien parece que la criminalidad tiene que cumplir una función e incluso una misión en el mantenimiento y evolución de la sociedad.

Este es precisamente el lugar en el que la Sociología funcionalista desarrolla su tesis sobre la normalidad del delito, concibiendo la sociedad como un sistema de unidades relacionadas entre sí.

El delito no es un "cuerpo extraño, sino un factor regulador de la vida social" .Sino hubiera criminalidad, el ser social la habría inventado: "imagínese una sociedad de santos, un auténtico convento ejemplar.




El conocimiento de la criminalidad y del delito.




                                

                    


Criminalidad y Derecho penal.

Objeto del Derecho penal es la criminalidad. Quien se ocupa del Derecho penal, tiene que ocuparse también de la criminalidad y tiene, por tanto, que conocer junto a las normas jurídico-penales y su interpretación también la criminalidad y el delito. Quien no conozca o conozca mal el aspecto empírico de la Administración de Justicia penal, difícilmente podrá manejar las reglas normativas del Derecho penal material, ya que estas reglas se refieren a la criminalidad y al delito.
Este conocimiento de la criminalidad y del delito también es necesario a la hora de elaborar y de aplicar las leyes. No se puede decir que al legislador penal sólo le interese el conocimiento de la criminalidad, y que al que aplica la ley penal sólo le interese el conocimiento del delito. Tanto en una como en otra fase es preciso un conocimiento de las dos realidades.

                                  

           
                      


Criminalidad y delito.

La distinción entre criminalidad (conjunto de todas las acciones u omisiones punibles dentro de un determinado ámbito temporal y espacial) y delito (comportamiento punible de una determinada persona) es razonable desde un punto de vista conceptual, pero de limitado valor práctico'".
Lo que, en el fondo, viene a poner de relieve es que la conducta criminal como objeto del Derecho penal es tanto un fenómeno social (criminalidad) como uno individual (delito), para cuya descripción y explicación son competentes tanto las ciencias sociales como las humanas. La distinción entre criminalidad y delito puede indicar que la criminalidad estadísticamente es la suma de todos los delitos, pero también que en su génesis es algo diferente: que en el origen y evolución de la criminalidad inciden más factores e incluso distintos (históricos, culturales, sociológicos, económicos, etc.) que en el delito entendido como conducta individual.
Pero ni la criminalidad se puede explicar estrictamente desde el punto de vista de las ciencias sociales, ni el delito exclusivamente desde la óptica de las ciencias humanas '-'. Desde hace tiempo,hay teorías sociológicas sobre el delito e incluso alguna vez han sido absolutamente dominantes '^' (así, por ej., el "broken home"); del mismo modo que son ya antiguos y todavía existen intentos de explicar las causas de la criminalidad con criterios sacados de las ciencias humanas (biología, psicología individual).

   

                         



Legislación penal y jurisprudencia penal.


Tampoco se puede simplemente atribuir el delito (como "caso individual") a la jurisprudencia penal, y la criminalidad (como "fenómeno de masas") a la legislación penal. Ciertamente el juez penal necesita sobre todo conocer la conducta individual que ha de juzgar, mientras que el legislador en materia penal necesita más bien conocer las condiciones evolutivas sociales para incidir en la criminalidad con instrumentos
jurídicopenales. 
Durante los dos últimos decenios se ha criticado tanto a la praxis como a la ciencia del Derecho penal y, sobre todo, a la formación académica del jurista ha sido porque apenas o en absoluto dan información sobre la criminalidad a quienes tienen que ocuparse del Derecho penal. Ello ha motivado que en este sector haya aumentado el interés en la criminalidad como objeto del Derecho penal.



martes, 31 de mayo de 2016

CRIMINOLOGÍA .HISTORIA


ORIGEN DE LA CRIMINOLOGÍA




 La Criminología tiene un largo desarrollo histórico, han sido muchos los autores que han estudiado diversos aspectos del fenómeno criminal, pero, para el objetivo introductorio de este tema, se señala lo más básico y necesario. Por el año de 1876 se publicó “El hombre delincuente” del médico italiano EZEQUIAS MARCO CÉSAR LOMBROSO LEVI quien tras haber estudiado delincuentes por largo tiempo dentro de las cárceles y fuera de ellas (pues pagó a algunos no encarcelados para hacerles estudios), encontró una serie de características físicas, sociales y psicológicas en estos seres: un desarrollo potente de las mandíbulas, anomalías en las orejas, insensibilidad al dolor, precocidad sexual, pereza, inestabilidad emocional, falta de previsión, inclinación al alcohol, organización en forma de bandas, la tendencia a tatuarse e inclinación a juegos crueles, entre otras particularidades; así, LOMBROSO creyó en la existencia de un hombre criminal predeterminado al delito y que se asemejaba al ser salvaje, a una regresión del hombre primitivo. Por estos hechos y por el de sistematizar el conocimiento referente al crimen, criminal y criminalidad junto con el estudio de sus causas, a LOMBROSO se le atribuye ser: “el Padre de la Criminología” y es el día 15 de abril de 1876 que se considera el nacimiento de la Criminología como ciencia. Junto con CÉSAR LOMBROSO, hay otros autores que trabajaron con él: ENRICO FERRI y RAFAEL GARÓFALO, quienes consideraron a LOMBROSO como centro de ideas y sobre las cuales trabajaron desarrollando teorías y conceptos útiles para nuestra ciencia. FERRI es considerado como “el Padre de la Sociología Criminal” y GARÓFALO difundió y popularizó el término: “CRIMINOLOGÍA” con la publicación de su libro: “La Criminología (Estudio sobre el delito y la teoría de la represión)” además de desarrollar muchos estudios y aportaciones. Hay que poner especial atención en lo antes expuesto, pues los estudios de LOMBROSO, FERRI y GARÓFALO fueron el origen de la Criminología como ciencia que estudia al delincuente física, social y psicológicamente, y dichos análisis son la base para la descripción de la conducta antisocial, y aunque haya autores que afirmen que estas teorías ya son antiguas, no se pueden considerar así, pues aun persisten de manera notoria al momento de hacer el diagnóstico psicológico, social y de peligrosidad del delincuente. 


PERCURSORES DE LA CRIMINOLOGÍA.

FERRI
LOMBROSO


GARÓFALO.



Asesino Serial Ted Bundy

Theodore "Ted" Robert Cowell Bundy.

Burlington, Vermont, 24 de noviembre  de 1946

 Bradford, Florida, 24 de enero  de 1986.




¿QUIÉN ERA? 

Fue un asesino en serie de mujeres. Los analistas estiman que el número de sus víctimas podría rondar las cien mujeres, muy lejos de los números oficiales de alrededor de treinta y seis. Fue condenado a muerte y ejecutado en la silla eléctrica  el 24 de enero de 1989.